Escrito por Caroline Morgan Adams y actualizado por Minerva Expósito Guixeras. Actualizado por Inés Asensio.
Pena máxima: pena de muerte
Somalia es uno de los países africanos donde los actos sexuales realizados con consentimiento entre personas del mismo sexo no solo están penalizados, sino que se llega a aplicar la pena de muerte por la ley de la sharia aplicada a nivel provincial en el sur de Somalia. Además, Somalia tiene leyes de “propaganda” y “moralidad” que restringen la libertad de expresión sobre la orientación sexual.
El artículo 400 del Código Penal (Decreto Legislativo 5/1962) establece que los castigos por violencia sexual serán incrementados si estos actos se cometen con una persona del mismo sexo en el contexto “contra natura”. El artículo 409 dice que “quien tuviere acceso carnal con una persona de su mismo sexo, si acaso el acto no constituyere un delito más grave, será punible con pena de prisión de 3 meses a 3 años. Si el acto cometido es un acto de lujuria distinto al acceso carnal, la pena impuesta se reducirá en un tercio”. El artículo 410 dice que “se añadirá una medida de seguridad a las sentencias aplicables a los delitos mencionados en los artículos 407, 408 y 409”. Por último, el artículo 406 es la ley de “propaganda” y moralidad” que restringe la libertad de expresión, estableciendo que quien incite a otra persona a cometer “actos indecentes” en un espacio público o abierto al público será penalizado con prisión de hasta un año o una multa de hasta 2000 chelines somalíes (2,99 €).
El informe de Homofobia de Estado de ILGA (2017) explica que la situación política en Somalia se ha complicado desde la caída del dictador Mohamed Siad Barre en 1991, por lo que es posible que el Código Penal no esté siendo adecuadamente aplicado. Sin embargo, Somalilandia —la región del norte que se autoproclamó independiente— todavía aplica el Código Penal.
Sin embargo, más hacia el sur y hacia el centro del país, según consta en el informe de 2016 de Ben Christman, “las creencias de Al-Shabaab se derivan de una rama salafsta-wahabí del Islam sunita (un movimiento ultraconservador dentro de Islam sunita). Estas imponen una interpretación estricta de la ley islámica que prohíbe explícitamente las relaciones sexuales consensuales entre personas adultas del mismo sexo. El castigo a quienes son encontrados culpables de haber cometido este delito queda a discreción del juez, y pueden ser castigados con la pena de muerte”.
En 2014, el artista y escritor somalí Diriye Osman, quien ahora reside en el Reino Unido, señaló que para salir del armario en Somalia uno debe estar preparado para “el abuso físico, el acoso incesante, el encarcelamiento o la muerte”. La propia familia de Osman lo amenazó con violencia al enterarse de que es gay. Existen reportes de principios de 2017 que afirman que al-Shabaab (un grupo aliado a al-Qaeda) asesinó a dos personas a causa de su orientación sexual.
En su segundo ciclo del EPU, Somalia habría recibido sólo una recomendación de Canadá en relación con temas de orientación sexual e identidad de género: “Abordar la impunidad generalizada —incluyendo los ataques contra periodistas, las organizaciones de la sociedad civil defensoras de los derechos humanos, mujeres, personas LGBTI— mediante la realización de investigaciones imparciales y oportunas, investigando amenazas de violencia, y enjuiciando a los perpetradores”. El informe del Grupo de Trabajo muestra que el Estado se limitó a tomar nota de la recomendación sin ofrecer Comentario alguno.
Según el informe del Departamento de Estado (2017) la ley no prohíbe la discriminación por orientación sexual o identidad de género. No hubo organizaciones LGBTI conocidas ni informes de eventos de temática LGBTI. Hubo pocos informes de violencia social o discriminación por orientación sexual o identidad de género debido al grave estigma social que impidió que las personas LGBTI dieran a conocer públicamente su orientación sexual o identidad de género.
El 10 de enero, al-Shabaab anunció que había ejecutado a un adolescente en Middle Juba por participar en una conducta sexual con personas del mismo sexo. Este fue el primer informe de al-Shabaab ejecutando individuos por actividad homosexual.
En cuanto al VIH/SIDA, las personas con VIH-SIDA no escapan a la discriminación por parte de la sociedad, del gobierno y de los trabajadores sanitarios. Según indica el informe del Departamento de Estado (2017) “UNICEF informó que las personas con VIH/SIDA se vieron sometidas a abuso físico, al rechazo por parte de sus familias y discriminación en el trabajo, lo que les llevó al despido. Los niños con padres seropositivos también sufrieron discriminación, lo que dificultó el acceso a los servicios”.
Fuentes:
• Carrol, A.; Itaborahy, L. P. “Homofobia de Estado. Estudio jurídico mundial sobre la orientación sexual en el derecho: criminalización, protección y reconocimiento” [online]. ILGA, mayo 2017 (12ª edición). Disponible en: https://ilga.org/downloads/2017/ILGA_Homofobia_de_Estado_2017_WEB.pdf [Consultado: 04/12/2018]
• “Draft Report of the Working Group on the Universal Periodic Review” [online]. Human Rights Council (UN):Working Group on the Universal Periodic Review, 1 de febrero de 2016. Disponible en: http://www.upr-info.org/sites/default/files/document/somalia/session_24_-_january_2016/a_hrc_wg.6_24_l.9.pdf [Consultado: 04/12/2018]
• “Penal Code: Legislative Decree No. 5 of 16 December 1962”. Disponible en: http://www.somalilandlaw.com/Penal_Code_English.pdf [Consultado: 04/12/2018]
• “Somalia 2017 Human Rights Report” [online]. U.S. Department of State, 2017. Disponible en: https://www.state.gov/documents/organization/277289.pdf [Consultado: 04/12/2018]